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Requisitos para cumplir con VeriFactu si eres autónomo o pyme

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Actualizado: 20 de febrero de 2026
Actualizado: 20 de febrero de 2026

Requisitos para cumplir con VeriFactu si eres autónomo o pyme

Todo lo que tu software necesita hacer (y lo que te pasa si no lo hace)

16 meses parece un margen cómodo. Pero si facturas con un software que no genera QR, no firma digitalmente y no envía nada a la AEAT, esos 16 meses son los que tienes para cambiar todo tu sistema de facturación. Ya no suena tan largo.

Y si tributas por Impuesto sobre Sociedades, el margen es aún menor: tu fecha límite es el 1 de enero de 2027. Menos de 11 meses.

Aquí tienes lo que necesitas saber para tomar decisiones: qué te piden exactamente, qué tiene que hacer tu software, quién se libra y qué pasa si no cumples.

Primero: las fechas no son las mismas para todos

Mucha gente habla de "julio de 2027" como si fuera una fecha única, pero la entrada en vigor es escalonada. El Real Decreto-ley 15/2025 (publicado en el BOE el 3 de diciembre de 2025) establece dos plazos:

  • 1 de enero de 2027 — para empresas que tributan por Impuesto sobre Sociedades.
  • 1 de julio de 2027 — para autónomos y el resto de obligados tributarios.

Si tienes una S.L., tu plazo es enero, no julio. Esto pilla por sorpresa a bastante gente.

Si tienes una S.L., tu plazo no es julio

Las empresas que tributan por Impuesto sobre Sociedades deben usar software conforme al RD 1007/2023 desde el 1 de enero de 2027. Son 6 meses menos de margen que los autónomos persona física.

Qué te exige VeriFactu exactamente

La normativa viene del Real Decreto 1007/2023 (Reglamento de Requisitos de los Sistemas Informáticos de Facturación) y la Orden HAC/1177/2024, que detalla las especificaciones técnicas. En la práctica, esto es lo que significa para ti:

Tu software de facturación tiene que:

  1. Generar un registro de facturación por cada factura emitida, con los datos obligatorios, fecha y hora exactas de generación, y datos de seguridad.
  2. Asignar un hash criptográfico a cada registro y encadenarlo con el hash del registro anterior. Esto crea una secuencia ininterrumpida donde si alguien modifica un registro, la cadena se rompe.
  3. Impedir cualquier modificación posterior sin dejar evidencia.
  4. Incluir en cada factura un código QR y la leyenda "Veri*Factu" (o "Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT").
  5. Mantener un registro de eventos del sistema: un historial completo de todo lo que pasa en el software.
  6. Permitir la exportación y transmisión de registros cuando Hacienda lo requiera.

El punto 2 es el que más gente desconoce. No es solo "un hash por factura". Es una cadena donde cada registro depende del anterior. Si tu software no hace esto, no cumple.

Dos modalidades: VeriFactu y "no VeriFactu"

Esto tampoco lo explican mucho. La normativa contempla dos formas de cumplir:

Sistema VeriFactu (con envío automático)

El software envía cada registro a la AEAT de forma automática en el momento de la emisión. Es la opción más transparente y la que la AEAT prefiere. Si usas esta modalidad, la firma electrónica de los registros no es obligatoria (la AEAT ya los recibe directamente).

Sistema "no VeriFactu" (sin envío automático)

El software no envía los registros automáticamente, pero sí tiene que firmarlos electrónicamente, garantizar que son inalterables y tenerlos disponibles para entregarlos de forma inmediata cuando Hacienda lo pida. Es más exigente en algunos aspectos porque la carga de la prueba recae más sobre ti.

En ambos casos, el QR, el hash encadenado y el registro de eventos son obligatorios.

¿Cuál elegir?

La AEAT recomienda la modalidad VeriFactu (con envío automático). Tiene dos ventajas: te pre-cumplimenta el borrador del modelo 303 y, según ha insinuado la AEAT, reduce la probabilidad de ser seleccionado para inspección.

Qué certificado digital necesitas

Para la firma electrónica (obligatoria en la modalidad "no VeriFactu", recomendable en ambas), necesitas un certificado cualificado. Las opciones más habituales:

  • El certificado de la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre), que es gratuito.
  • Certificados de prestadores autorizados como Camerfirma o Firmaprofesional.
  • El DNIe, aunque su compatibilidad varía según el software.

Lo que importa: tu software tiene que poder usar ese certificado y firmar sin que tú intervengas manualmente en cada factura.

Quién no tiene que cumplir con VeriFactu

No todo el mundo está obligado. Hay dos excepciones claras:

  • Empresas que ya usan el SII (Suministro Inmediato de Información). Si ya reportas tus facturas a la AEAT en tiempo real a través del SII, no necesitas adaptarte a VeriFactu. Ya estás cubierto.
  • Contribuyentes con regímenes forales propios: el País Vasco tiene TicketBAI y Navarra tiene su propio sistema. Si operas bajo estos regímenes, VeriFactu no te aplica.

Si no caes en ninguna de estas dos categorías, te toca.

Si tu gestor emite las facturas, la responsabilidad sigue siendo tuya

Esto pilla a mucha gente por sorpresa. Aunque tu asesoría se encargue de facturar, eres tú quien responde ante Hacienda. Comprueba que:

  • El software que usan cumple con VeriFactu.
  • Cada factura genera el registro con hash encadenado.
  • El envío a la AEAT se hace (o los registros están firmados y disponibles).
  • Tú tienes acceso a tus propias facturas en formato compatible.

No basta con confiar. Pregunta y verifica.

La responsabilidad no se delega

Aunque tu gestor emita las facturas en tu nombre, la obligación de usar software conforme recae sobre ti como contribuyente. Si hay una multa, te la comes tú.

Lo que te juegas si no cumples

Las sanciones no son proporcionales. Son fijas y altas:

  • 50.000 € por ejercicio fiscal por usar software de facturación no homologado. No importa si facturas 10.000 o 10 millones: la multa es la misma.
  • 150.000 € si se demuestra uso de "software de doble uso", es decir, programas que permiten llevar contabilidad paralela o manipular registros.
  • Las facturas emitidas con software no conforme pueden ser invalidadas por la AEAT, lo que te obligaría a rehacer procesos contables.
  • Mayor probabilidad de inspección para quienes no cumplan con los requisitos técnicos.

La multa de 50.000 € es por ejercicio, no por factura. Un solo año con software no compatible puede costarte esa cantidad.

Errores que te pueden salir caros

  • Seguir facturando con plantillas de Word o Excel.
  • Asumir que "julio de 2027" aplica a todas las empresas (si tributas por Sociedades, es enero).
  • No verificar si el software del gestor cumple con la normativa.
  • Usar software que genera hash pero no los encadena.
  • Ignorar el registro de eventos del sistema.
  • Confundir la modalidad: estar en "no VeriFactu" sin firmar electrónicamente los registros.

La AEAT ofrecerá una app gratuita (pero tiene límites)

La Agencia Tributaria pondrá a disposición una aplicación gratuita en su Sede Electrónica para microempresas con bajo volumen de facturas. Permitirá emitir facturas con QR y generar el registro automáticamente.

Si emites pocas facturas al mes, puede ser suficiente. Pero si necesitas integraciones, automatización o trabajas con volúmenes medios o altos, probablemente necesites una solución más completa.

Cómo funciona una factura VeriFactu, paso a paso

  1. Emites la factura desde un software compatible.
  2. El sistema genera el registro, le asigna un hash y lo encadena con el registro anterior.
  3. Firma el registro (obligatorio en modalidad "no VeriFactu").
  4. Inserta el QR y la leyenda "Veri*Factu" en el PDF.
  5. Envía automáticamente el registro a la AEAT (en modalidad VeriFactu).
  6. Tu cliente recibe una factura verificable.

Todo esto pasa en segundo plano. Tú facturas como siempre; el software se encarga del resto.

¿Tu software actual cumple con VeriFactu?

Conteo genera hashes encadenados, incluye QR verificable y deja los registros listos para remisión a la AEAT. Conforme al Real Decreto 1007/2023.

Probar Conteo

Preguntas frecuentes

¿Cuándo es obligatorio VeriFactu para autónomos?
El 1 de julio de 2027 es la fecha límite para autónomos y el resto de obligados tributarios. Las empresas que tributan por Impuesto sobre Sociedades (S.L., S.A.) tienen una fecha anterior: el 1 de enero de 2027.
¿Qué pasa si uso Excel o Word para facturar?
No cumples con VeriFactu. Las plantillas de Excel y Word no generan hashes encadenados, no incluyen código QR y no pueden enviar registros a la AEAT. Usarlas se considera utilizar software no homologado, con multas de hasta 50.000 euros por ejercicio.
¿Mi gestor es responsable si su software no cumple?
No. La responsabilidad legal recae sobre ti como contribuyente, aunque tu gestor emita las facturas en tu nombre. Verifica que el software que usa tu asesoría es compatible con VeriFactu.
¿Qué diferencia hay entre la modalidad VeriFactu y la modalidad 'no VeriFactu'?
En la modalidad VeriFactu, el software envía los registros a la AEAT automáticamente y la firma electrónica no es obligatoria. En la modalidad 'no VeriFactu', el software conserva los registros firmados electrónicamente y los envía solo cuando Hacienda lo solicita. En ambas, el hash encadenado, el QR y el registro de eventos son obligatorios.
¿Cuánto cuesta la multa por no cumplir con VeriFactu?
Hasta 50.000 euros por ejercicio fiscal por usar software no homologado. Si se demuestra uso de 'software de doble uso' (que permite manipular registros), la sanción sube a 150.000 euros.

Fuentes: Real Decreto 1007/2023 (RRSIF), Orden HAC/1177/2024, Real Decreto-ley 15/2025 (BOE, 3 de diciembre de 2025), Agencia Tributaria (agenciatributaria.gob.es)