Cómo facturar como fontanero o electricista (2026)
Cómo facturar como fontanero o electricista autónomo: VeriFactu 2026
IVA al 21%, materiales incluidos y por qué el talonario de recibos ya no sirve
Si eres fontanero, electricista, albañil o cualquier otro autónomo de oficios, probablemente llevas años facturando a tu manera: un recibo escrito a mano, una nota del trabajo hecho, un WhatsApp con el precio. Para muchos clientes particulares eso ha funcionado. Pero las reglas fiscales cambian en 2027 y conviene entender qué tienes que hacer antes de que te lo exijan.
Aquí tienes todo lo que necesitas saber sobre IVA, IRPF, qué documentos cuentan de verdad y qué es VeriFactu.
Checklist rápido para autónomos de oficios
Antes de entrar en detalle, esto es lo que necesitas tener claro:
- El IVA que aplicas es, con carácter general, el 21% tanto en mano de obra como en materiales
- Si trabajas para particulares, no incluyes retención de IRPF en la factura
- En actividades de oficio (actividad empresarial), lo normal es no aplicar retención en factura, también cuando facturas a empresas
- Un recibo o albarán no es una factura legal. Solo vale la factura
- VeriFactu te afecta desde el 1 de julio de 2027 si eres autónomo persona física
- Desde esa fecha, tu software tiene que generar cada factura con huella digital y código QR verificable
IVA en oficios: regla general del 21%
En los oficios, la regla general es el 21%. Da igual si cambias una tubería, instalas un cuadro eléctrico o revocas una fachada.
Donde sí hay confusión es en si los materiales llevan un IVA distinto a la mano de obra. La respuesta es no, si la prestación principal es el servicio.
Cuando un fontanero repara una avería e incluye el precio de la pieza nueva en la factura, el conjunto tributa al 21%. La pieza no se factura por separado como si fuera una venta de material, es parte del servicio. La AEAT lo llama operación accesoria a la principal. Si el servicio es lo que contratan, todo va al tipo del servicio.
Hay un caso con tipo reducido del 10%: obras de rehabilitación de vivienda habitual, siempre que el edificio tenga más de dos años, sea uso residencial y los materiales no superen el 40% de la base. Pero estos contratos suelen gestionarlos constructoras o promotoras, no autónomos individuales. Si te llega un encargo así, consulta con tu asesor antes de facturar.
El 10% de rehabilitación de vivienda
El 10% en rehabilitación existe pero tiene condiciones: antigüedad del inmueble, destino residencial, proporción de materiales. Para reparaciones y trabajos puntuales de un autónomo de oficios, aplica el 21% sin complicaciones. Si tienes dudas con un encargo concreto, pregunta a tu asesor.
IRPF en oficios: en general, sin retención en factura
El IRPF en las facturas confunde a muchos autónomos de oficios. Pero tiene una lógica sencilla.
Si tu actividad es empresarial de oficio (fontanería, electricidad, albañilería, reformas), lo habitual es emitir factura sin retención de IRPF, tanto a particulares como a empresas.
El 15% (o 7% de inicio) es el tipo de retención de actividades profesionales. En oficios, por norma general, no aplica ese esquema de retención profesional.
Hay excepciones puntuales en normativa de pagos a cuenta según epígrafe y régimen. Si tu caso es mixto o tienes dudas con un contrato concreto, confírmalo con asesoría antes de emitir.
La mayoría de autónomos de oficios trabaja sin retención en factura y adelanta IRPF por pagos fraccionados (por ejemplo, modelo 130 si corresponde por su régimen).
Albarán, recibo y factura: qué vale y qué no
Si todavía trabajas con papel, este punto te interesa.
El albarán confirma que hiciste el trabajo. El cliente lo firma y listo. Pero no es una factura, no tiene validez fiscal.
El recibo vale como justificante de pago. Tampoco sustituye a una factura.
La factura es el único documento que cuenta para Hacienda. Para ser legal tiene que incluir: número y serie, fecha de emisión, tus datos (nombre o razón social, NIF, dirección), datos del cliente, descripción del servicio, base imponible, tipo de IVA aplicado, cuota de IVA e importe total.
El recibo a mano no es una factura
Un papel escrito a mano con el precio del trabajo no es una factura válida, aunque el cliente lo haya firmado. Si Hacienda revisa tu actividad, solo cuentan las facturas bien emitidas. Y si el cliente quiere deducirse el gasto, necesita una factura, no un recibo.
Muchos autónomos trabajan con clientes que no piden factura o que aceptan cualquier papel. Cómodo en el día a día, sí. Pero te deja expuesto en una inspección. Tener las facturas correctas, numeradas y archivadas es la única forma de estar limpio.
Por qué en julio de 2027 el papel ya no sirve
VeriFactu obliga a que tu software de facturación registre cada factura con una huella digital encadenada y un código QR verificable. No es opcional. Desde el 1 de julio de 2027, si eres autónomo persona física, tu programa tiene que cumplir con esto.
A partir de esa fecha:
- Una plantilla de Word o Excel no vale, por bien diseñada que esté
- Un talonario de recibos no vale
- Un software antiguo sin actualizar tampoco
- Un PDF enviado por email sin registro encadenado, tampoco
Lo que sí vale es un programa de facturación homologado que genere el hash de cada factura, lo encadene con el anterior y añada el código QR. El QR no es decorativo: contiene los datos de la factura en un formato que la AEAT puede verificar.
Las multas pueden llegar a los 50.000 euros. No merece la pena arriesgarse cuando hay herramientas sencillas que lo resuelven.
Si quieres ver los plazos y las sanciones en detalle, aquí están las fechas clave y multas de VeriFactu 2027.
Ejemplo de factura: reparación de caldera con materiales incluidos
Así quedaría una factura real de un fontanero autónomo:
FACTURA Nº F-2026-018
Fecha: 05/05/2026
Fontanero: Marcos Ruiz Herrero
NIF: 52XXXXXXX
Dirección: Calle Mayor 14, 28001 Madrid
CLIENTE: Ana Martínez López
NIF: 47XXXXXXX
Concepto:
Revisión y reparación de caldera de gas
Sustitución de válvula de expansión y purgador
(mano de obra y materiales incluidos)
Base imponible: 320,00 €
IVA (21%): 67,20 €
IRPF (no procede): 0,00 €
TOTAL A PAGAR: 387,20 €
Fíjate en:
- Materiales y mano de obra van juntos, al 21%. No hace falta separarlos con tipos de IVA distintos.
- No hay retención de IRPF porque el cliente es un particular.
- La descripción del trabajo es clara. Eso te protege si hay alguna disputa después.
- La numeración es correlativa (F-2026-018). Las facturas tienen que ir en orden, sin saltos.
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Cómo Conteo gestiona esto
Conteo genera facturas con todos estos campos bien puestos. En actividades de oficio, la retención va a cero por defecto y puedes configurarla solo si en tu caso aplica alguna excepción. El IVA al 21% ya viene configurado para epígrafes de construcción y oficios.
Cada factura queda registrada con huella digital y código QR en el momento de crearla. No envía nada a Hacienda sin que tú lo decidas, pero deja preparada la cadena de registros que exige VeriFactu.
Si ahora usas Excel o una plantilla de Word, aquí tienes cómo hacer la transición sin perder tu historial: cómo migrar de Excel a software VeriFactu. Y si usas plantillas descargadas de internet, lee esto primero: por qué las plantillas de factura no sirven para VeriFactu.
Para elegir el software que mejor encaja con tu actividad: cómo elegir software de facturación como autónomo.
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Crea facturas con IVA al 21%, con o sin retención, y con el registro VeriFactu que exige la normativa. Sin líos técnicos.
Empieza a facturarPreguntas frecuentes
- ¿Tengo que cobrar IVA por los materiales que uso en la obra?
- Sí, pero no por separado. Cuando la prestación principal es el servicio (la reparación, la instalación), los materiales van incluidos y todo tributa al 21%. No tienes que hacer una línea aparte con otro tipo de IVA. Solo si vendieras materiales sin servicio asociado cambiaría la cosa, pero eso no es lo habitual en oficios.
- Un cliente particular no me pide factura. ¿Tengo que emitirla igualmente?
- Sí. Que el cliente no la pida no te quita la obligación. Como autónomo tienes que emitir factura por todos tus trabajos y conservar una copia. Ese ingreso tiene que aparecer en tus declaraciones trimestrales igual.
- ¿Cuándo tengo que incluir retención de IRPF en mis facturas?
- En oficios (actividad empresarial) lo normal es facturar sin retención, tanto a particulares como a empresas. La retención del 15% es propia de actividades profesionales. Existen supuestos especiales según epígrafe y régimen, así que si tienes una actividad mixta o dudas con un contrato concreto, revísalo con asesoría antes de emitir.
- ¿VeriFactu me afecta aunque trabaje solo para particulares?
- Sí. VeriFactu aplica a todos los autónomos que emiten facturas, da igual si tus clientes son particulares o empresas. El plazo para autónomos persona física es el 1 de julio de 2027. A partir de ahí, tu software tiene que generar cada factura con huella digital encadenada y código QR verificable. Los recibos y plantillas de Word no cumplen.
Fuentes oficiales
- Ley 37/1992 del IVA (LIVA), tipos impositivos: arts. 90 y 91
- AEAT: IVA en operaciones inmobiliarias (obras y reparaciones en viviendas)
- Real Decreto 439/2007 (RIRPF), art. 95 sobre retenciones en actividades económicas
- Real Decreto 1007/2023 (RRSIF / VeriFactu)
- Orden HAC/1177/2024 (especificaciones técnicas VeriFactu)
- AEAT: Sistemas Informáticos de Facturación y VERI*FACTU
- AEAT: nota informativa de plazos SIF (actualizada)