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Facturación para nómadas digitales en España: guía práctica

Conteo8 min de lectura
Actualizado: 10 de abril de 2026

Facturación para nómadas digitales en España: guía práctica

Cómo facturar a clientes extranjeros como autónomo nómada digital en España. Exportación de servicios, IVA, VeriFactu y los errores típicos. Sin tecnicismos.

Soy autónomo, soy desarrollador, y trabajo desde donde me apetece: a veces desde Teruel, otras desde Lisboa, otras desde un café en Berlín. Mis clientes están en Estados Unidos, Reino Unido y Suiza. Casi nunca facturo a otra empresa española.

Si has llegado aquí buscando cómo facturar a un cliente americano, cómo aplicar (o no) el IVA, o si VeriFactu te afecta cuando tu cliente está en Nueva York, esta guía es para ti.

Spoiler: España se ha colocado en posiciones altas en rankings privados para nómadas digitales y, además, cuenta con un marco legal específico (visado para teletrabajo internacional y régimen fiscal especial para desplazados). Pero muchas herramientas de facturación todavía no se han enterado. La mayoría siguen pensando que un autónomo español factura a una pyme española en EUR, con IVA al 21%, desde un ordenador de sobremesa.

Esto va de cómo facturar bien cuando tu realidad es otra.

Checklist rápido

Lo que tiene que llevar tu factura cuando le vendes servicios a un cliente extranjero:

  • Tu nombre y NIF (NIE si eres extranjero residente)
  • Datos completos del cliente extranjero (nombre, dirección, ID fiscal del país)
  • Número de factura correlativo (sin huecos)
  • Fecha de emisión
  • Descripción del servicio
  • Base imponible en la moneda en que cobras
  • Tratamiento fiscal correcto: con IVA, sin IVA, o "no sujeta" según el caso (lo explico abajo)
  • Texto legal específico según el país del cliente
  • Si eres autónomo en España: código QR y registro VeriFactu desde julio de 2027

Es menos complicado de lo que parece. Vamos por partes.

Por qué los nómadas digitales en España estáis desatendidos

Puntos clave verificados:

  • España regula el visado para teletrabajo internacional en la Ley 28/2022 (Ley de Startups).
  • El régimen especial de desplazados del artículo 93 de la LIRPF permite, si cumples requisitos, tributar bajo reglas del IRNR durante el año de llegada y los cinco siguientes (seis periodos en total).
  • Los rankings de "mejor país para nómadas" son fuentes privadas y metodologías propias. Úsalos como señal de tendencia, no como norma fiscal.

Pero cuando llega el momento de facturar:

  • La mayoría de programas de facturación españoles asumen que tienes oficina, contable, y facturas en EUR.
  • Las herramientas internacionales (Bonsai, FreshBooks, Wave) son cómodas pero pueden no cumplir los requisitos SIF/VeriFactu en España. Si usas software no conforme, existe riesgo sancionador (art. 201 bis LGT).
  • Casi nadie explica bien cómo aplicar el artículo 69 de la LIVA, que es la pieza central de tu facturación.

El resultado: la mayoría de los nómadas digitales acaban facturando con plantillas de Google Docs y luego pagan a un gestor para que arregle el lío trimestral. Funciona, pero es frágil.

El corazón del asunto: la exportación de servicios

Aquí es donde casi todo el mundo se equivoca. Vamos despacio.

Cuando vendes un servicio a un cliente que está fuera de España, el IVA no funciona como cuando facturas a un cliente español. Funciona según el artículo 69 de la Ley del IVA (LIVA), que es la regla general de localización de servicios.

Hay tres casos principales y cada uno se factura distinto.

Caso 1: Cliente empresa en otro país de la UE

Tu cliente es una empresa francesa, alemana, italiana, holandesa. Tiene un número de IVA intracomunitario válido (puedes verificarlo en VIES).

Tratamiento:

  • No aplicas IVA en la factura.
  • En la factura tiene que aparecer el texto: "Operación no sujeta. Inversión del sujeto pasivo (Art. 69.Uno.1º LIVA)".
  • El cliente francés se autoliquida el IVA en su país. Tú no haces nada con ese IVA.
  • Tienes que declararla en el modelo 303 (resumen trimestral) y en el modelo 349 (resumen específico de operaciones intracomunitarias).
  • Si todavía no estás dado de alta en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios), tienes que hacerlo antes de emitir la primera factura intracomunitaria. Se hace con el modelo 036.

Caso 2: Cliente empresa fuera de la UE (Estados Unidos, Reino Unido, Suiza, México, etc.)

Tu cliente es una empresa americana, una agencia inglesa post-Brexit, una startup suiza.

Tratamiento:

  • No aplicas IVA en la factura.
  • El texto en la factura es: "Operación no sujeta al IVA español. Servicio prestado a empresario no establecido en la UE (Art. 69.Uno.1º LIVA)".
  • No hay modelo 349 (eso solo es para operaciones intra-UE).
  • Sí declaras la operación en el modelo 303 trimestral.
  • No te tienen que retener IRPF: el cliente extranjero no es una empresa española y por tanto no aplica la retención del 15%.

Caso 3: Cliente particular fuera de España

Una persona física, no una empresa. Por ejemplo, un cliente particular americano que te contrata directamente.

Tratamiento:

  • En general, sí se aplica IVA español al 21%, porque la regla general para servicios prestados a particulares es que se localizan donde está el prestador (tú, en España).
  • Hay excepciones (servicios electrónicos, publicidad, etc.) donde sí se localizan en destino.
  • Este es el caso menos común para nómadas digitales B2B, pero conviene tenerlo claro.

Errores típicos al facturar a clientes extranjeros

  • Aplicar IVA al 21% a una empresa francesa "por si acaso". Mal: no se aplica IVA y el texto legal es obligatorio.
  • Olvidarse del modelo 349 cuando facturas a clientes intracomunitarios. Multa habitual.
  • No estar dado de alta en el ROI antes de emitir la primera factura intracomunitaria.
  • Pedirle al cliente americano un NIF español. No tiene, no necesita, no se lo pidas.
  • No aclarar con el cliente en qué moneda se acuerda el importe. Lo más limpio es acordar el importe en euros y emitir la factura en euros, aunque el cliente te pague en USD a través de su banco o de una pasarela internacional.

VeriFactu cuando todos tus clientes son extranjeros

Una pregunta que me han hecho varios nómadas: "Si yo facturo casi solo a clientes extranjeros, ¿VeriFactu me afecta igual?"

Sí. VeriFactu se aplica a tu sistema de facturación, no al país de tus clientes. Eres autónomo registrado en España, emites facturas como autónomo español, y por tanto tu software de facturación tiene que cumplir con VeriFactu (Real Decreto 1007/2023) en la fecha que te corresponda (1 de enero de 2027 para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto, según la nota de AEAT vigente).

Esto significa:

  • Tus facturas tienen que generarse desde un sistema conforme al RRSIF (con declaración responsable del productor).
  • Cada factura tiene una huella digital encadenada con la anterior.
  • Si eliges modalidad VERI*FACTU, tu software remite los registros automáticamente a la AEAT.
  • Si eliges modalidad NO VERI*FACTU, debes conservar los registros con los requisitos técnicos exigidos.
  • En el PDF aparece un código QR verificable.

Da igual que el destinatario sea una empresa de Texas. La factura se genera en España, desde un sistema español, y la AEAT quiere verla.

La sanción por usar software no conforme puede llegar a 50.000 euros por ejercicio fiscal. No es un detalle menor.

Tres casos reales

Caso real 1: Desarrollador en Lisboa facturando a una startup americana

Diego es desarrollador, autónomo en España, y vive medio año en Lisboa. Su cliente principal es una startup en San Francisco. Con su cliente acuerdan un importe mensual de 5.500 EUR por el servicio (el cliente le pagará el equivalente en USD por transferencia internacional).

Su factura tiene:

  • Cliente: Acme Inc., 123 Market St, San Francisco, CA 94103, USA
  • EIN del cliente (opcional pero recomendable)
  • Concepto: Desarrollo de software, abril 2026
  • Base imponible: 5.500,00 EUR
  • IVA: No aplicable. Operación no sujeta al IVA español. Servicio prestado a empresario no establecido en la UE (Art. 69.Uno.1º LIVA).
  • Total: 5.500,00 EUR

Diego emite la factura en euros y en el modelo 303 declara la base como operación no sujeta. Si el cliente americano prefiere pagar en USD, el banco o la plataforma de pagos (Wise, Revolut, etc.) hace la conversión en el momento del cobro. La factura, a efectos fiscales, sigue siendo en euros.

Caso real 2: Diseñadora en Madrid facturando a una agencia alemana

Laura es diseñadora gráfica, autónoma en Madrid, y trabaja con varias agencias europeas. Una agencia alemana la contrata para diseñar una identidad de marca por 4.500 EUR.

Su factura tiene:

  • Cliente: Müller Studio GmbH, Kantstraße 12, 10623 Berlin, Alemania
  • VAT ID alemán: DE123456789 (verificado en VIES)
  • Concepto: Diseño de identidad corporativa
  • Base imponible: 4.500,00 EUR
  • IVA: No sujeto. Inversión del sujeto pasivo (Art. 69.Uno.1º LIVA).
  • Total: 4.500,00 EUR

Laura ya está dada de alta en el ROI. Esta factura va al modelo 303 y al modelo 349 del trimestre.

Caso real 3: Coach que viaja con clientes en varios países

Marcos es coach ejecutivo, autónomo en Valencia, y acompaña a profesionales que están en España, Portugal y México. Cada cliente tiene un tratamiento distinto:

  • Cliente español particular: Factura con IVA al 21%. No retención (es particular).
  • Cliente español empresa: Factura con IVA al 21%. Retención IRPF al 15%.
  • Cliente empresa portuguesa: Sin IVA, texto de inversión del sujeto pasivo, modelo 349.
  • Cliente empresa mexicana: Sin IVA, texto de operación no sujeta, sin modelo 349.

El mismo servicio, cuatro tratamientos distintos. Por eso un sistema que aplica el tratamiento correcto automáticamente le ahorra horas al mes.

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Hazme una factura a Maria Garcia, 500 euros por diseno web10:32
Encontre a Maria Garcia Lopez en tus clientes. En facturas anteriores aplicaste retencion de IRPF del 15%. ¿La aplico tambien?10:32
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¿Y cuando tu cliente paga en otra moneda?

La mayoría de nómadas que trabajan con clientes en Estados Unidos o Reino Unido acaban cobrando en USD o GBP a través de Wise, Revolut, Payoneer o similares. Aquí el enfoque más limpio es:

  1. Acordar con el cliente el importe en euros del servicio. Ese es el número que va en la factura.
  2. El cliente paga el equivalente en su moneda local en el momento del cobro (Wise, Revolut y similares hacen la conversión automáticamente).
  3. Si hay pequeñas diferencias por el tipo de cambio entre la emisión y el cobro, esas diferencias se registran como diferencia de cambio en tu cuenta de resultados, no afectan a la base imponible de la factura.

Conteo emite las facturas en euros. Si quieres emitir facturas directamente en una moneda distinta del euro (por ejemplo USD con su tipo de cambio registrado en la propia factura), Conteo no lo gestiona automáticamente a día de hoy. Para la inmensa mayoría de nómadas, acordar el importe en euros con el cliente y dejar que la pasarela de pagos se encargue de la conversión es suficiente.

Y la Ley Beckham, ¿afecta a la facturación?

No, pero conviene aclararlo porque es una pregunta habitual.

La Ley Beckham (art. 93 LIRPF) es un régimen fiscal especial para personas que se trasladan a España por trabajo. Permite, si cumples requisitos, tributar bajo reglas del IRNR durante el año de llegada y los cinco siguientes. En rentas del trabajo, el tipo general de referencia es el 24% hasta 600.000 EUR y 47% para el exceso. Las reglas concretas sobre qué rentas entran y cómo se calcula el impuesto dependen de cada caso y son trabajo de un asesor fiscal.

Pero esto va de cómo declaras tus rentas, no de cómo emites tus facturas. Las facturas se siguen emitiendo igual: cumpliendo VeriFactu, aplicando el tratamiento de IVA correcto según el cliente, etc. La diferencia está en cómo el resultado final entra en tu declaración del IRPF (o IRNR si estás bajo Beckham).

Esto es trabajo de tu gestor, no de tu software de facturación.

Cómo hacemos esto en Conteo

Construí Conteo en parte porque ningún otro software entendía cómo trabajo: desde el móvil, casi siempre fuera de casa, facturando a clientes en distintos países.

Lo que Conteo hace para nómadas digitales:

  • Detecta automáticamente el tratamiento fiscal correcto según el país del cliente. Si añades una empresa francesa, aplica inversión del sujeto pasivo. Si añades una americana, aplica operación no sujeta extracomunitaria. Tú no tienes que recordar nada.
  • VeriFactu nativo. Cada factura se registra automáticamente. Cuando llegue julio de 2027, tu sistema ya lleva años cumpliendo.
  • Facturación desde WhatsApp. Le mandas un mensaje (o una nota de voz) explicando la factura como en una conversación, y Conteo crea el borrador con el tratamiento correcto.
  • PDF con QR verificable. Lo que el cliente recibe es un PDF profesional con código QR, datos fiscales, y los textos legales obligatorios.

Si trabajas como autónomo desde donde te apetezca, esto es exactamente lo que necesitas que haga tu herramienta de facturación.

Hecho para nómadas digitales en España

Crea facturas desde el móvil con el tratamiento fiscal correcto según el país del cliente. Cumple con VeriFactu sin tener que recordar el artículo 69 de la LIVA cada vez.

Empieza a facturar

Preguntas frecuentes

¿Tengo que cobrar IVA a un cliente americano?
No. Los servicios prestados a empresas no establecidas en la Unión Europea son operaciones no sujetas al IVA español según el artículo 69.Uno.1º de la LIVA. La factura tiene que llevar el texto legal correspondiente, y se declara en el modelo 303 trimestral, pero sin IVA.
¿Tengo que cumplir VeriFactu si todos mis clientes son extranjeros?
Sí. VeriFactu se aplica a tu sistema de facturación como autónomo español, no al destino de las facturas. A partir del 1 de julio de 2027, todos los autónomos en España tienen que usar un software de facturación conforme con VeriFactu. La sanción por incumplimiento puede llegar a 50.000 euros por ejercicio.
¿Necesito el modelo 349 si facturo a una empresa francesa?
Sí. Las operaciones intracomunitarias (servicios prestados a empresas de otros países de la UE) se declaran en el modelo 349 además de en el modelo 303. Para hacerlo, tienes que estar dado de alta en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios) antes de emitir la primera factura. El alta se hace con el modelo 036.
¿Qué pasa si mi cliente paga en USD?
Lo más sencillo es acordar el importe en euros con el cliente y emitir la factura en euros. El cliente te paga el equivalente en USD a través de su banco o de una pasarela como Wise o Revolut, que hace la conversión en el momento del cobro. Si hay una pequeña diferencia entre lo facturado y lo cobrado por el tipo de cambio, se registra como diferencia de cambio en tu cuenta de resultados. Conteo emite las facturas en euros; no gestiona conversiones automáticas de divisas.
¿Puedo usar Conteo si vivo medio año fuera de España?
Sí. Conteo funciona desde cualquier país. Puedes acceder al panel desde el navegador, crear facturas desde WhatsApp con el móvil, y todo se sincroniza con tu cuenta. La única condición es que estés dado de alta como autónomo en España y tengas una conexión a internet.
¿La Ley Beckham cambia cómo facturo?
No. La Ley Beckham es un régimen fiscal que afecta a cómo tributan tus rentas en el IRPF (o IRNR), pero no cambia las reglas de facturación. Las facturas se siguen emitiendo cumpliendo VeriFactu y aplicando el tratamiento de IVA correcto según el país del cliente. La diferencia está en cómo el resultado entra en tu declaración anual.
¿Necesito un certificado digital para facturar como nómada?
Depende de cómo opere tu sistema y de la modalidad (VERI*FACTU o NO VERI*FACTU). En la práctica, para trámites con AEAT y para delegaciones de envío suele intervenir certificado electrónico, propio o del colaborador/proveedor autorizado. Si no lo tienes claro, revisa la configuración concreta de tu software y de tu asesoría antes de empezar a facturar.

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Fuentes oficiales